11. Rectificación de Notificaciones MSF
El usuario podrá realizar el proceso de corregir las cantidades o valores en una notificación ya emitida, haya sido o no incorporada en una FYDUCA.
Si ya incorporó la notificación MSF en la FYDUCA y quiere hacer una modificación de los datos del producto consignados en la FYDUCA deberá rectificar la notificación MSF y automáticamente se modificarán las cantidades valores en dicha factura, en este caso el número de la notificación MSF cambiará en función del número de la versión que corresponda.
Los campos que puede corregir son las descripciones, cantidades y valores con la condición única de que el código arancelario con su descripción no puede ser modificada, no se pueden añadir nuevos productos. En caso de nuevos productos se deberá generar una nueva notificación MSF.
Si las cantidades y valores bajan de lo consignado originalmente en una notificación MSF, el sistema no requerirá pago adicional, para poder realizar la modificación.
Es decir, si una notificación que se rectificó de 10 kg (valor original) a 5 kg y luego se quiso rectificar nuevamente a 11 kg, no se podrá efectuar dicha operación sin el pago adicional de la notificación MSF porque se sobrepasa la cantidad consignada originalmente.
Si se requiere aumentar las cantidades y valores de los productos consignados en las notificaciones MSF, el sistema informático de la notificación MSF le indicará el monto que debe cancelar ante la autoridad sanitaria y fitosanitaria, en función de la legislación vigente de cada Estado Parte.
Rectificaciones por Alerta MSF
Si un producto incluido dentro de una Notificación ha sido alertado por la autoridad MSF de un país, este no podrá ser comercializado, es decir, si llega al puesto intrafronterizo dicho producto NO podrá introducirse en el país adquiriente, para lo cual se hará una rectificación en la Notificación MSF de dicho producto, disminuyendo la Cantidad a Cero y ser liberada o no por medio del funcionario MSF del Puesto Fronterizo integrado. El inspector MSF del país adquiriente valorará si el resto de mercancías consignadas en un mismo contendedor, no han sido afectadas por la plaga o enfermedad y evaluará si puede introducirse al país o no.
En caso de alerta, si la notificación MSF ya se incorporó en la FYDUCA y el medio de transporte aún no ha salido hacia el puesto fronterizo integrado, el Contribuyente transferente podrá rectificar la notificación MSF disminuyendo la Cantidad a Cero del producto con alerta, sin embargo, las mercancías vinculadas con la FYDUCA afectada por dicha alerta, NO podrá introducirse en el país adquiriente, si en el puesto fronterizo integrado el contenedor con las demás mercancías no ha sido inspeccionada y liberada por la autoridad sanitaria y fitosanitaria del Estado Parte adquiriente.
Si un envío MSF o mercancía MSF está en alerta MSF y ya ha generado la notificación MSF, la FYDUCA no les permitirá el ingreso de las mercancías con alerta MSF.
Ingreso a opción de Rectificación
De igual forma que en una emisión de nueva notificación MSF, el usuario tendrá que ir a la opción de Rectificación de Notificaciones en la parte superior izquierda de la pantalla.
El sistema desplegará un listado de notificaciones que el usuario ha emitido y tendrá la opción de rectificarlas haciendo click en la opción respectiva de cada notificación.
Rectificar Notificación
Como primer paso seleccionar la notificación que desea ser rectificada, y hará click en Rectificar para ingresar a una nueva pantalla.
La pantalla que se visualiza al hacer click, mostrará los datos de la notificación con el listado de productos:
La primera vez que rectifique una notificación por defecto visualizará la notificación como
V1 (versión 1) y una vez haya guardado los datos modificados, esta se volverá a V2 (versión 2).
Detalle de Solicitud
Luego de ingresar a la pantalla del detalle de la notificación, podrá visualizar 3 secciones.
• Las opciones de Rectificación.
• Los datos de Transferente y Adquiriente.
• El detalle de la notificación con sus productos.
Opciones de Rectificación
Este es el primer paso antes de Modificar un producto, será elegir la opción ya que de lo contrario despliega mensaje de error:
Descripción
El usuario podrá modificar únicamente la descripción del producto.
Aumentar Cantidades
El usuario podrá modificar únicamente la cantidad, valor FOB y CIF, precio y pesos con la condición que únicamente se pueden aumentar hasta el valor original de la notificación MSF, si es primera vez que se rectifica no podrá aumentar cantidad.
Disminuir Cantidades
El usuario podrá modificar únicamente la cantidad, valor FOB y CIF, precio y pesos.
Modificar Producto
Luego de seleccionar la opción a Rectificar, se hace click al botón Modificar y los campos de la sección inferior se habilitarán y acorde al producto seleccionada listara el código arancelario, la cantidad, el valor FOB y el valor CIF respectivos con los campos Habilitados según la opción de rectificación que se eligió.
Realizar los cambios deseados y hacer click al botón Rectificar ubicado en la parte inferior.
Los cambios se verán reflejados en la sección superior.
Cancelar Rectificación
Si el usuario NO desea hacer ningún cambio solamente tendrá que hacer click en el botón Cancelar, o si desea regresar al listado de notificaciones deberá hacer click en el botón de Regresar.
Notificación Rectificada
Para los fines de visualizar una notificación si fue rectificada, se agrega al listado de notificaciones un sufijo a la notificación con una versión de cuantas veces se ha rectificado.
Rectificar Notificación MSF por Producto Alertado
Cuando un producto dentro de una notificación este con ALERTA, este NO podrá salir del país, pero los demás productos SI podrán salir, para realizar este procedimiento se hará una rectificación a cantidad cero.
Cuando sea una rectificación de la notificación MSF por alerta, los funcionarios MSF en la aduana, harán la rectificación, una vez esta sea solicitada.
La rectificación de la notificación MSF de uno o varios productos alertados, únicamente los funcionarios en los puestos fronterizos integrados, o aduanas según correspondan la podrán realizar, previa solicitud ya sea de un contribuyente o no del IVA o ISV.
Rectificar Notificación MSF asociada a FYDUCA con Impuestos Pagados
Esta opción es para realizar Rectificación de una Notificación MSF consignada en una FYDUCA con impuestos pagados, para aumentar montos, por incrementos en los precios consignados o por aumentos en las cantidades de mercancías o para disminuir montos, por la aplicación de descuentos ordinarios al comercio o por devoluciones parciales de mercancías.
El sistema desplegará un listado de notificaciones que el usuario este rectificando y tendrá la opción de rectificar las notificaciones ingresando el numero de Notificación MSF y haciendo click en Buscar.
Esta opción para rectificar una Notificación se podrá utilizar únicamente para las Notificaciones asociadas a una FYDUCA y que estén pagadas o que hayan pasado frontera.
Rectificar Notificación
La siguiente imagen muestra una Notificación que cumple con los requisitos para este tipo de Rectificación.
La pantalla que se visualiza al hacer click en Rectificar, mostrará los datos de la notificación con el listado de productos:
La imagen anterior en el recuadro en rojo muestra el numero de veces que se esta rectificando, para este ejemplo es la segunda rectificación.
Al pulsar el botón Modificar, aparece la siguiente pantalla la cual nos permite modificar la cantidad
Campos Modificables
Los campos que se pueden modificar son:
- Cantidad (para aumentar o disminuir cantidades)
- Precio Unitario (para aumentar o disminuir precio)
- Peso Neto en Kilogramos (para aumentar si se aumentó la cantidad, o para disminuir si se disminuyó la cantidad)
- Peso Bruto (para aumentar si se aumentó la cantidad, o para disminuir si se disminuyó la cantidad)
- Valor CIF (para aumentar si se aumentó el precio o cantidad, o para disminuir si se disminuyó el precio o cantidad)
- Descripción de la Mercancía
- Unidad de medida.
Cuando se pulsa el botón Rectificar el sistema nos redirige a la siguiente pantalla:
En este punto, si no hemos pulsado el botón Terminar la Rectificación la opción de rectificación mostraría la siguiente pantalla, en donde el “Listado de Rectificaciones en Proceso” mostraría la Notificación que está en proceso y nos muestra el botón Continuar Rectificando, el cual nos llevaría a la pantalla de rectificación de una Notificación.
Al pulsar el botón Terminar la Rectificación el sistema aplica las reglas existentes mencionadas anteriormente y, para este caso, como aumentamos en 100 la cantidad, no generó una nueva obligación de pago como Transferente ni como adquiriente ya que no excede las tarifas impuestas por SENASA
Reglas para Rectificaciones asociadas en FYDUCA
En caso que la rectificación de la Notificación MSF haya sido por aumento en cantidades y/o aumento de precios, el sistema les generará la obligación de pago y la Notificación MSF Rectificada se emitirá cuando el sistema haya validado los pagos correspondientes. Tomando de base los siguientes elementos:
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En el caso de MAGA Guatemala, si se aumenta la cantidad de los envíos o mercancías, no requerirá de pago adicional, ya sea por una transferencia o por una adquisición ya que el MAGA solamente tiene un solo pago para la transferencia o para la adquisición aplicable a “ENVIOS” y “MERCANCÍAS”, lo que no está vinculado con la cantidad de la mercancía. Sin embargo, sin son INSUMOS AGRÍCOLAS o INSUMOS PECUARIOS, el cobro es por valor FOB, en este caso si aumenta el valor FOB, el sistema de notificación MSF debe permitir generar la rectificación, hasta que haya VALIDADO el pago adicional correspondiente.
En el caso del SENASA Honduras, si se aumenta la cantidad de la mercancía, ya sea para una transferencia o para una adquisición, el sistema informático deberá requerir el pago de la notificación MSF del excedente de la cantidad, de acuerdo a las tasas por cobro que tiene vigente el SENASA, que cobran por peso “kilogramos”, por tanto, el sistema de notificación MSF debe permitir generar la rectificación, hasta que haya VALIDADO el pago adicional correspondiente.
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En el caso de MAGA Guatemala y el SENASA si de disminuyen las cantidades o precios, no hay cobro adicional.